LO HA FIJADO UNA  LEY DE LA LEGISLATURA PORTEÑA.

Surgió del proyecto aprobado que fuera elaborado por el diputado porteño Sergio Abrevaya, estableció que los autos clásicos o de colección con un mínimo de 30 años de antigüedad, podrán hacer una Verificación Técnica Vehicular (VTV) especial.

Clásicos si los hay, el Peugeot 504

El cumplimiento de la norma se hará en plantas verificadoras específicas, donde se determinará la periodicidad de las revisiones de los vehículos clásicos y de colección, ejemplares que es frecuente observar y admirar en las calles o bien en las distintas exposiciones anuales que tienen lugar como es el caso de Autoclásica, la muestra más importante del país que tiene lugar anualmente en los jardines del Hipódromo de San Isidro.

Uno de los principales temas de la Ley 2265, cuyo art. 15 bis fue ampliado, se refiere a la emisión de gases y ruidos. Así, para autos anteriores al año 1990, la nueva certificación ponderará el mejor resultado y eficiencia al momento de la fabricación.

Fijate: Los dueños de los vehículos, podrán solicitar tres diferentes tipos de permisos:

1. Los habilitará a circular por la vía pública.

2. Les permitirá transitar por la vía pública a una velocidad de hasta 50 km/h.

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3. Podrán moverse excepcionalmente para concurrir a eventos o exposiciones de autos clásicos.

En todos los casos, los automotores deberán llevar una oblea que identificará el tipo de permiso detallado.

El Falcon Sprint.

El proyecto aprobado sustituye el art. 12 de la Ley N° 2265, respecto a los requerimientos especiales sobre los vehículos y motovehículos, los que deben ajustarse a los límites sobre emisión de contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas según Gases: se tomarán en consideración los métodos de medición y los límites máximos de emisión, los métodos y procedimientos de medición establecidos en la Ley N° 1356 de la Ciudad de Buenos Aires y en su reglamentación.
En la inspección de gases de emisión para autos catalogados o no como clásicos fabricados con anterioridad al año 1990, se deberá ponderar el mejor resultado y eficiencia al momento de su fabricación.

También será considerado el Ruido, se van a tomar en consideración, los métodos de medición y los límites máximos de emisión, los métodos y procedimientos de medición establecidos en la Ley N°1540 de la Ciudad de Buenos Aires y en su reglamentación.

También fue sustituído el art. 23 de la Ley N° 2265 en cuanto a la documentación. La Estación de Verificación, una vez aprobada la verificación técnica del vehículo o motovehículo, deberá confeccionar por duplicado un Certificado de Aprobación de Verificación Técnica (CAVT) en papel o digital, entregando una copia al usuario y conservando la restante para archivo. La autoridad de aplicación dispondrá la manera de identificación de la habilitación otorgada a la unidad para facilitar el control a simple vista, por parte de las autoridades en la vía pública, incluso para las unidades que gozan del período de gracia establecido en el segundo párrafo del art. 14 de esta ley, en este caso será totalmente gratuita para el usuario. La identificación señalada precedentemente deberá coincidir con la consignada en el Certificado de Verificación Técnica (CVT), el que mantendrá el mismo tipo de características de seguridad.

Para los controles en la vía pública, se deberá tener obligatoriamente la oblea identificatoria y el Certificado de Aprobación de Verificación Técnica (CAVT), pudiendo éste último ser reemplazado por el certificado online válido y vigente que haya sido autorizado por la autoridad de aplicación.

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2 COMENTARIOS

  1. Escandaloso curro la VTV. Y ahora pretenden robar a los clásicos.- Los accidentes no se producen por fallas mecanicas, sino por errores de conducción o mal estado de las calles y/o rutas.-Basta de robar con impuesto a los automotores , VTV, gravado de autopartes. etc. etc. Politicos chantas

  2. tienen tiempo para boludeces en Capital Federal o será dueño de un centro de verificación. Que estupides usar el medio ambiente ruido para un nuevo curro. no ???

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